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Preguntas y respuestas sobre blanqueo de capitales

Prevención blanqueo de capitales en el sector inmobiliario

Las agencias inmobiliarias como Ibiza Country Villas son "sujetos obligados" a "examinar con especial atención cualquier hecho u operación, con independencia de su cuantía, que, por su naturaleza, pueda estar relacionado con el blanqueo de capitales”, tal y como establece el artículo 17 de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

En este artículo vamos a responder a algunas de las preguntas más frecuentes relacionadas con esta ley y las obligaciones que tienen los agentes del sector inmobiliario.

¿Quiénes son los "sujetos obligados"?

Las personas físicas o jurídicas que se señalan en los párrafos a) al y) del artículo 2.1 de la citada ley. En relación con la compra-venta de inmuebles podemos destacar:

  • Las entidades de crédito
  • Las empresas de servicios de inversión
  • Las entidades gestoras de fondos de pensiones
  • Los promotores inmobiliarios y quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia, comisión o intermediación en la compraventa de bienes inmuebles
  • Los notarios y los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles
  • Los abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones por cuenta de clientes relativas a la compraventa de bienes inmuebles

Puedes consultar todos los sujetos obligados en el Documento consolidado BOE-A-2010-6737.

¿Cómo afecta el blanqueo de capitales a la hora de vender una vivienda?

Los intermediarios que participan en una operación de compra-venta de un inmueble, como los citados en el apartado anterior, "están obligados a justificar y controlar cuál es el origen de los fondos para evitar el blanqueo de capitales procedentes de actividades ilegales y denunciar si detectan irregularidades".

Este control se realiza mediante la firma de un documento (obligatorio para ambas partes, comprador y vendedor) donde se incluyen, además de todos los datos financieros del comprador, si la procedencia de los fondos es propia o ajena.

Por otra parte, también es necesario determinar el país de origen de la cuenta corriente (nacional o extranjera). Toda esta información se notificará a la Agencia Tributaria.

¿De qué manera se realizan estas comprobaciones?

Tal y como nos explican en este artículo de Inmonews, la verificación de la procedencia de los fondos se realiza a través de una serie de trámites:

  • Se solicita al cliente que manifieste por escrito cuál es porcentaje de fondos propios y/o financiación bancaria que utilizará en la compra
  • El cliente tiene que aportar la documentación que acredite efectivamente el origen de dichos fondos
  • Se aplican "medidas de diligencia reforzada" cuando hay algún factor de riesgo por el perfil del cliente o por las características de la operación
  • Se realizan las comprobaciones mediante programas de "compliance" y formularios "Know Your Costumer" (KYC)

En el caso de haber sospechas de la procedencia de dichos fondos o que se trate de un intento de blanqueo de capitales, se debe comunicar obligatoriamente a la Agencia Tributaria. En caso contrario, las multas pueden ir desde 150.000€ hasta 10.000.000€.

¿Qué organismo oficial se encarga del control de blanqueo de Capitales?

En el estado español, la entidad que se encarga de vigilar y coordinar la lucha contra el blanqueo de capitales en las operaciones de compra-venta de inmuebles es el Sepblac (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de España).

Es el único existente en el territorio nacional y ha recibido la máxima calificación internacional como "Unidad de Inteligencia Financiera que funciona adecuadamente y que realiza análisis operativos y estratégicos de alta calidad”.

Puedes conocer más detalles de este organismo en su página web oficial.

¿Cuáles son las recomendaciones sobre las medidas de control interno para la prevención del blanqueo de capitales?

El propio Sepblac ha elaborado un extenso documento que consta de un breve marco normativo, un apartado de principios generales y un último apartado de mayor detalle donde se especifican las recomendaciones de control interno para los sujetos obligados.

Puedes descargarlo directamente desde este enlace

Si tienes alguna duda o pregunta respecto a la prevención del blanqueo de capitales, nuestros agentes inmobiliarios (que están en constante formación) estarán encantados de atenderte. ¡Ponte en contacto con nosotros!

Imagen principal: David Schwarzenberg en Pixabay.


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