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¿Cuáles son los gastos al comprar una casa en Ibiza?

Impuestos compraventa inmuebles Ibiza

En nuestra agencia inmobiliaria nos suelen hacer esta pregunta. Los gastos de la compra de vivienda en Ibiza son algo diferentes a los de otras ciudades y comunidades autónomas. Te los explicamos a continuación.

La legislación respecto a la compra y venta de propiedades en España se ha ido modificando con el paso de los años, especialmente desde el año 2012. En la actualidad, existen diversos costes derivados de la adquisición de una propiedad: impuestos, plusvalías, gastos de gestión, ...

Empecemos por los impuestos relacionados con la compra de una casa en Ibiza:

Impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP)

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (IPT) es un tributo de competencia autonómica que grava las compraventas entre particulares en Baleares. Este impuesto se aplica para la compra de propiedades de segunda mano en Baleares y oscila entre el 8% y el 11% del valor total de la vivienda y según el precio de esta:

  • Desde 1.000.000€: ITP del 11%
  • Desde 600.001€: ITP del 10%
  • Desde 400.001€ hasta 600.000€: ITP del 9%
  • Hasta 400.000€: ITP del 8%
    • Este último tramo tiene una novedad en 2019:  pasaría de un 8% al 5% en aquellos casos en los que el valor real de la propiedad no supere los 200.000 euros y se trate de la primera vivienda del adquiriente.

Con esta tabla como referencia, podemos calcular que el ITP de una casa que se venda por 500.000€ será de 45.000€, ya que entraría dentro del rango del 9%.

Impuesto sobre el valor añadido (IVA)

Si la vivienda que vamos a comprar es nueva, en lugar del ITP se aplicará el Impuesto sobre el Valor añadido o IVA. En este caso no hay tramos como en el ITP, sino que es un tipo fijo establecido en el 10%.

Por tanto, si fuéramos a comprar una vivienda nueva en Ibiza por 600.000€, el IVA ascendería a un total de 60.000€.

La Plusvalía Municipal

Los ayuntamientos tienen establecido otro impuesto relacionado con la compraventa de viviendas. Se trata de la plusvalía municipal, que graba el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Este importe es variable (depende de varios factores, como el tamaño del terreno, el valor catastral, los años de permanencia del bien en manos del vendedor, ...) y, según la ley, es el vendedor quien se tiene que hacer cargo. Sin embargo, algunos contratos pueden estipular que este impuesto se repercuta al comprador.

Impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD)

Este tributo también recae en el comprador cuando realiza la compra de una vivienda de nueva construcción en Ibiza. Lo determina la propia comunidad autónoma y en el caso de las Islas Baleares el indicador se sitúa en el 1,2%.

Por lo tanto, cuando compramos una propiedad nueva haremos frente a un 11,2% de impuestos en total (10% de IVA y 1,2% de IAJD).


Ahora que ya conocemos los impuestos, pasemos a los gastos de gestión a los que hay que hacer frente a la hora de comprar una vivienda en Ibiza:

Registro de la propiedad y notaría

Para formalizar la compra de una propiedad en Ibiza, es imperativo otorgar una escritura pública mediante un notario a la operación e inscribirla posteriormente en el Registro de la Propiedad.

El acto notarial y su minuta dependerá del valor del inmueble, del número de páginas, documentos incorporados… Tanto ese acto como la Inscripción en el Registro de la Propiedad, se pagan en función de aranceles que fija la administracion.

Gastos derivados de la compra con hipoteca

El reparto de los gastos de formalización que se generan al escriturar e inscribir un préstamo hipotecario, tras pasar por una serie de procesos judiciales y por un cambio regulatorio, ha quedado ya más o menos claro. Veamos qué costas tiene que pagar el banco y de qué otras debe encargarse el cliente:

El cliente tiene que abonar…

  • La tasación
  • Su copia de la escritura

El banco debe pagar…

  • La gestoría
  • La notaría
  • El registro
  • El impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD)
  • Su copia de la escritura

Retenciones para no residentes

La Agencia Tributaria española (Hacienda) retiene un 3% a los vendedores NO residentes en el estado, importe que se tiene que abonar en los 30 días siguientes por parte del comprador a la Agencia Tributaria. Esta retención se considera como pago a cuenta de Impuesto de Incremento de Patrimonio que ha generado la venta al vendedor. La declaración de dicho incremento patrimonial se debe realizar durante los 4 meses siguientes a la venta del inmueble.

Asesoría Inmobiliaria en Ibiza

¿Te siguen quedando dudas acerca de los gastos al comprar una vivienda? Acércate a nuestra inmobiliaria en Ibiza y las resolveremos sin ningún tipo de compromiso.

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